lunes, 22 de junio de 2009

LA INFORMATICA JURIDICA

es una ciencia en la cual la informática sirve de instrumento para el desarrolo y la aplicación del DERECHO. Es una herramienta de gran importancia en la actualidad debido a que con los grandes avances técnologicos se hace necesario el tener conocimiento sobre los aportes que la informática le ofrece al Derecho.

lunes, 15 de junio de 2009

CAPÍTULO X DEL CÓDIGO PENAL PERUANO (PARTE REFERIDA A DELITOS INFORMÁTICOS) Artículo 207-A.-

Delito Informático El que utiliza o ingresa indebidamente a una base de datos, sistema o red de computadoras o cualquier parte de la misma, para diseñar, ejecutar o alterar un esquema u otro similar, o para interferir, interceptar, acceder o copiar información en tránsito o contenida en una base de datos, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas. Si el agente actuó con el fin de obtener un beneficio económico, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios no menor de ciento cuatro jornadas. Artículo 207-B.- Alteración, daño y destrucción de base de datos, sistema, red o programa de computadoras El que utiliza, ingresa o interfiere indebidamente una base de datos, sistema, red o programa de computadoras o cualquier parte de la misma con el fin de alterarlos, dañarlos o destruirlos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años y con setenta a noventa días multa. Artículo 207-C.- Delito informático agravado En los casos de los Artículos 207-A y 207-B, la pena será privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de siete años, cuando: 1. El agente accede a una base de datos, sistema o red de computadora, haciendo uso de información privilegiada, obtenida en función a su cargo. 2. El agente pone en peligro la seguridad nacional. (*)(*) Capítulo X incorporado por el Artículo Unico de la Ley Nº 27309, publicada el 17-07-2000

DECALOGO DEL ABOGADO por Eduardo J. Couture



ESTUDIA.
El derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.

PIENSA.

El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

TRABAJA.

La abogacía es una ardua fatiga pues al servicio de la justicia.

LUCHA.

Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres es conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.

SÉ LEAL.

Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que ignora los hechos y debes confiar en lo que tú le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas."

TOLERA.

Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

TEN PACIENCIA.

El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.

TEN FE.

Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustituto bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, ni justicia, ni paz.

OLVIDA.

La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

AMA A TU PROFESIÓN.

Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.